Impuesto sobre el servicio de alumbrado público
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PresencialPago del tributo de alumbrado público que se refiere a la iluminación de parques y demás espacios públicos de libre circulación con el objeto de garantizar la visibilidad de zonas peatonales o vehiculares.
Tiempo de respuesta: 5 Dia(s) Hábil(es)
Requiere Pago: Si
Costo:
La tarifa fue modificado por el Acuerdo No 008 de Mayo 17 de 2006, el cual quedo así: 12% del valor del consumo de energía para residencial, 15% del valor del consumo de energía para comerciales, para el caso de los Lote No Urbanizados se le aplicara el 20% del Impuesto Predial Unificado que liquida la Secretaria de Desarrollo Territorial o la entidad que haga sus veces anualmente en cada vigencia.